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Nuevo Reglamento de Registro de Lesiones y Enfermedades

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Acorde con la ley de Seguridad & Salud Ocupacional de Puerto Rico requiere que cada patrono con mayor de diez (10) empleados, debe llevar y complementar un registro de lesiones y enfermedades ocupacionales:

OSHA 300 – El registro OSHA 300 se utiliza para clasificar las lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo y para observar el alcance y la gravedad de cada caso. Cuando ocurre un incidente, el formulario OSHA 301 se utiliza para registrar detalles específicos sobre lo que sucedió y cómo sucedió dentro de siete (7) días calendario, partiendo del siguiente día del accidente o incidente. El resumen del año, formulario OSHA 300A, es una forma separada que muestra los totales del año en cada categoría. Los empleadores cubiertos deben publicar el resumen 300A en un lugar visible desde el 1 de febrero del año siguiente al año cubierto por los registros y mantener la publicación vigente hasta el 30 de abril para que los empleados conozcan las lesiones y enfermedades que ocurren en su lugar de trabajo.

La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de Puerto Rico (PROSHA) emitió una regla de mantenimiento de registros que requiere que ciertos empleadores envíen electrónicamente datos de lesiones y enfermedades a la agencia. Para obtener más información sobre los requisitos de informes electrónicos, vea la Norma definitiva emitida para mejorar el seguimiento de las lesiones y enfermedades en el lugar de trabajo. El patrono que no cumpla con este requisito estará sujeto a citaciones con penalidades. La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) aumentó la penalidad de clasificación, será $12,675 por cada violación.


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